A everis no le interesa negociar las condiciones del teletrabajo
El pasado 22 de Septiembre se publicó el real decreto ley 28/2020 sobre trabajo a distancia que entró en vigor el pasado 13 de octubre y que obliga a las empresas a pactar con la RLT las condiciones del teletrabajo.(Ver Real Decreto)
El real decreto obliga a las empresas a negociar con la RLT para acordar las condiciones del teletrabajo y tiene para ello un plazo máximo de 3 meses.
Uno de los puntos a negociar, y quizás el más conflictivo para la empresa es, enumerar los gastos que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, así como la forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa y momento y forma para realizar la misma.
Casi 1 mes después de la entrada en vigor de esta ley la empresa no ha realizado amago de negociación, no ha movido ficha y no parece haber intención de moverla. Mientras la empresa se sienta en la butaca de la pasividad, el trabajador sigue asumiendo unos costes derivados del teletrabajo que legalemente, ahora si y gracias al real decreto, no debería.
Desde CCOO queremos transmitir que, a pesar de la falta de aptitud de la empresa, nosotros hemos elaborado una propuesta que haremos llegar a la empresa donde, entre otros aspectos, hablamos de:
CCOO ES TU SINDICATO AHORA MÁS QUE NUNCA. ¡AFÍLIATE!
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