MOVILÍZATE
por tu ESTABILIDAD LABORAL

¿Qué es un
convenio colectivo?
Es un documento donde se recogen los
derechos y obligaciones de los trabajadores/as en cada empresa
o en cada sector. Este documento recoge acuerdos para fijar condiciones de
trabajo y productividad, que reivindican o mejoran las condiciones que existen
en el Estatuto de los trabajadores.
Un convenio colectivo tiene una fecha de vigencia y
aplicación, cuando su fecha de vencimiento está próxima, sus firmantes pueden denunciar la inminente caducidad y se
abre un periodo de negociación para la renovación del mismo. Durante el tiempo
que esta negociación esté abierta se dice que el convenio se halla en situación
de ULTRA-ACTIVIDAD.
¿Qué es la
ULTRA-ACTIVIDAD?
Cuando se está en situación de ultra-actividad, siguen
rigiendo las condiciones laborales del convenio caducado durante un año, si
llegados a este plazo no se llega a acuerdo
de negociación para su sustitución o renovación, la ley determina que
finaliza dicha ultra-actividad (salvo pacto en contrario), desapareciendo el
convenio no renovado y entrando a regir el convenio que hubiese de ámbito superior,
si existe. En nuestro caso sería el ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, que es la
norma principal, básica y mínima que
rige los derechos de los trabajadores en España.
Si acaba la ULTRA-ACTIVIDAD… 1.8 millones de trabajadores se
quedarían en un limbo contractual.
Nosotros actualmente seguimos en situación de
ULTRA-ACTIVIDAD porque se sigue manteniendo el pacto en contrario* entre los negociadores,
sindicatos y patronal.
¿Qué implica no disponer
de un convenio sectorial?
Significa que nuestros derechos laborales estarían reglamentados
por el ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, es decir, unas normas básicas donde NO se
establecen criterios firmes sobre temas:
- - Económicos (salarios, remuneraciones indirectas, horas extras, etc.)
- - Laborales (jornada diaria, semanal y anual de trabajo y descanso; categorías profesionales; duración de contratos; rendimiento exigible, etc.).
- - Sindicales (comités de empresa, delegados de personal, etc.)
- - Criterios para la determinación de los medios, personal y materiales de los servicios de prevención propios.
- - Dietas y kilometraje.
- - Medidas de promoción profesional.
- - Condiciones de trabajo y de productividad.
- - Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral o, en su caso, planes de igualdad.
Hablando en plata, los salarios serían los más perjudicados
porque desaparecerían las tablas salariales actuales, es decir, el empresario
podría pagar lo que quisiera sin importar el perfil del trabajador (siempre por
encima del salario mínimo interprofesional que es lo único legítimamente legal,
en la actualidad 707,70 euros/mes)
¿Por qué debemos
movilizarnos?
Movilizarnos, ser conscientes de la problemática que se nos puede
venir encima. No queremos ver mermados nuestros derechos y por ello tenemos que
alzar la voz. La movilización es un paso previo a la Huelga sectorial si… tras
las mismas… se mantiene el bloqueo de la negociación.
Si acaba la ULTRA-ACTIVIDAD… 1.8 millones de trabajadores se
quedarían en un limbo contractual.
Grandes empresas nacionales y multinacionales dependen de
nuestro trabajo. Somos casi 1.8 millones de trabajadores del sector y por ello
nos merecemos unas condiciones de trabajo dignas y un convenio colectivo
sectorial que las recoja y las ampare. ¿Pensad que ocurriría con las grandes
multinacionales que dependen de nuestro trabajo si finalmente tuviésemos que
llegar a la huelga sectorial? Somos importantes, solo tenemos que creerlo.
*Pacto en contrario: Se dice cuando en una negociación ambas
partes están de acuerdo en eliminar, incluir o modificar algunos puntos del
tratado.
Comentarios
Publicar un comentario