¿Tu Nómina esta bien?... Revísala

Por ley nuestro sector (TIC) tiene definidas una serie de categorías profesionales, cuyas funciones vienen recogidas en nuestro convenio. (ver aquí) Artículo 15.

Es decir, según las tareas que hagas en tu trabajo, así debería ser tu categoría reconocida. También nuestro convenio regula el importe mínimo que debe cobrar cada categoría.

El salario mínimo para cada categoría de convenio (sin contar la antiguedad) debería ser el siguiente:
Grupo
Categoría
Salario Mínimo
Grupo 1 Subgrupo 1
Titulado/a de grado superior
23505,72
Grupo 3 Subgrupo 1
Analista
23505,72
Grupo 3 Subgrupo 2
Analista-programador/a
22993,74
Grupo 3 Subgrupo 3
Programador/a senior
16531,76
Grupo 3 Subgrupo 5
Programador/a junior
14800,66


¿Como verificar tu nómina? Toma la última nómina que has recibido (te aconsejamos la de enero2015 que es la mas completa ya que contiene información de subida salarial, subida de categoria, baja de irpf (nueva reforma) o incluso antigüedad.




Si tienes el grupo 4 - 6 eres codificador perforista, unas funciones que no se realizan en esta empresa (mínimo somos programadores) y que la ponen para no pagarte los 14800 que un programador junior debería de cobrar.

¿Qué ventajas tiene tu nómina bien regulada?
  • Cobrar lo que te corresponde por ley. 
  • Es la única forma de demostrar en un futuro que realmente has trabajado en dicha categoría (futuros cambios de empresa)
  • Casi todos los bancos para dar préstamos se fijan en tu salario base.
  • Cada 3 años tenemos antigüedad que es un 5% del salario base por trienio, a más salario base, más antigüedad
¿Como reclamar?

Al ser un reclamación individual tienes que enviar un correo al departamente de laboral spain.compensation@everis.com, indicado tu caso

De cualquier forma si no te queda claro el procedimiento a seguir y quieres que alguno de los compañeros delegados te ayuden, sólo tienes que ponerte en contacto con cualquier de ellos.

Jesús Silgado Carrero
Maria Dolores González Muñoz
Eduardo Borja Ramirez Ronco
Daniel Perea Ortiz
Vanessa Portillo Salas

Estamos a vuestra entera disposición

Comentarios

  1. Parece que muchos compañeros han mandado el correo pero mandan una respuesta genérica como que la madurez de tus aptitudes aún no es suficiente para subir de categoría...

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    1. La categoría de convenio que le corresponde a cada trabajador viene definida según las funciones o actividades que se realizan, siendo estas definidas en el artículo 15 de nuestro convenio. La existencia de unas categorías internas de ninguna forma puede suplantar a nuestra normativa laboral vigente.

      Si realizas unas funciones o actividades de una categoría te corresponde esa categoría. No indica nada de madurez.

      Hemos expresado esto a Laboral. Seguiremos informando

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  2. Sería posible que pongáis esa tabla completa?
    Gracias

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    1. ¿Que consideras que falta? ¿Categorías por encima de Analista?

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  3. Hola. He enviado el correo pidiendo que se me consolidase la categoría del convenio laboral de programador junior y esta ha sido la respuesta que he recibido:


    Buenos días,

    Hemos revisado el sistema de correspondencia de las categorías internas con las categorías establecidas en el Convenio Colectivo Sectorial de Empresas Consultoras. Una categoría interna se puede encuadrar en dos niveles de convenio diferentes en función de la madurez en el desarrollo de las funciones.

    En tu caso, no ha supuesto un cambio de nivel de convenio.

    Saludos


    ¿Hay algo más que se pueda hacer?

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    1. Buenas,

      si se podria hacer algo más, si estas interesado, escríbenos a proyectomotocicleta@gmail.com y vemos un caso en detalle.

      Un saludo.

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