Bonificación Cursos de Formación para la empresa

Una de las muchas obligaciones del Comité de Empresa es velar por la formación que reciben los trabajadores. En este caso estamos inmersos en la generación de un informe por el cual valoramos si la formación dada en este año 2014 es correcta. El resultado del informe puede ser favorable o no favorable.

¿Para que necesita la empresa este informe del Comité?

Según el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, en su art. 15, la empresa debe facilitar a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) la siguiente documentación:
  • Denominación y descripción de la acción que se va a desarrollar. Objetivos y Contenidos.
  • Colectivos destinatarios  y criterios de selección de los participantes
  • Números de participantes por acción
  • Duraciones previstas para cada acción
  • Medios Pedagógicos,  Lugar previsto de impartición y Calendario previsto de ejecución
  • Balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio precedente.
El incumplimiento por parte de la empresa de la obligación de informar a la representación legal de los trabajadores impedirá la adquisición y, en su caso, el mantenimiento del derecho a la bonificación.

Es decir, la empresa recibe unas bonificaciones por cada curso que se imparta, y el Comité tiene que velar para que los cursos se realicen y su contenido sea adecuado.

Actualmente estamos a la espera de recibir la información en concreto de los cursos de nuestro centro, ya que actualmente la información recibida no cumple nuestras expectativas.

Si alguien tiene alguna queja y/o propuesta sobre los cursos, pueden ponerse en contacto con nosotros: proyectomotocicleta@gmail.com . Lo tendremos en cuenta en la valoración definitiva.

Os mantendremos informados.

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